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EN ESTE GLOSARIO ENCONTRARAS ALGUNAS PALABRAS QUE SE ENCUENTRAN EN ESTE PORTAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR


ARTÍCULO 5. Para efectos de esta Ley se entenderá por:

  1. Comité de Transparencia: El Comité de Transparencia de esta Dependencia;
  2. Datos Personales: La información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona, identificada o identificable;
  3. Derecho de Acceso a la Información Pública: El derecho fundamental que tiene toda persona para acceder a la información generada, administrada o en poder de los sujetos obligados, en los términos de la Ley;
  4. Días: Días hábiles;
  5. Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, entre otros, escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;
  6. Expedientes: Unidad documental constituida por uno o varios documentos, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados;
  7. Documento Electrónico: Información que puede constituir un documento, archivada o almacenada en un soporte electrónico, en un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento.
  8. Expediente Electrónico: Es el conjunto de documentos electrónicos cuyo contenido y estructura permiten identificarlos como documentos de archivo que aseguran la validez, autenticidad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que contienen;
  9. Información: La contenida en los documentos o documentos electrónicos que los sujetos obligados generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan por cualquier título o medio;
  10. Información Pública de Oficio: La información que los sujetos obligados deben difundir, actualizar y poner a disposición del público en medios electrónicos de manera proactiva, sin que medie solicitud de por medio;
  11. Información Confidencial: La información en posesión de los sujetos obligados, que refiera a la vida privada y/o los datos personales, por lo que no puede ser difundida, publicada o dada a conocer, excepto en aquellos casos en que así lo contempla la Ley;
  12. Reserved Information: Public information that for reasons of public interest is exceptionally restricted access temporarily, in accordance with Title Six of the Law;
  13. Instituto: El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de datos personales del estado de Baja California Sur.
  14. Instituto Nacional: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales;
  15. Interés Público: Se refiere a la información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevarán a cabo los sujetos obligados;
  16. Ley: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur;
  17. Persona: Todo ser humano sin importar condición o entidad jurídica, salvo lo dispuesto en la Ley;
  18. Protección de Datos Personales: La garantía que tutela la privacidad de datos personales en poder de las entidades públicas y sujetos obligados;
  19. Servidor Público: Los representantes de elección popular, los miembros de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, los integrantes de organismos públicos autónomos, los funcionarios y empleados, y en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en las entidades públicas;
  20. Versiones Públicas: Documento en el que, para permitir su acceso, se testa u omite la información clasificada como reservada o confidencial.